martes, 18 de febrero de 2014

Amonesta Garantías y Vigilancia al Consejo del PRD en Tamaulipas

Mediante oficio del expediente QQ/TAMS/03/2014 notifica la Comisión Nacional de Garantías, al quejoso José de Jesús Danini, en el cual hace valer el “recurso de queja electoral”. Refiriendo… reclamar, en consecuencia: la nulidad de la elección y cómputo por la elección de Presidente y secretario General del CEE del PRD en la citada entidad.

Por Marcelino García Contreras.

Ciudad Madero, Tamaulipas.
           Basado en los artículos 105 fracción II y 118 del reglamento de elecciones la Comisión Nacional de Garantías hizo un exhorto al Consejo del PRD en Tamaulipas a que se apegue al Estatuto y al Reglamento General de Elecciones, luego de conocer el acuerdo del 5 Pleno Extraordinario y VIII Consejo Estatal en el que se tomó el compromiso de que Cuitláhuac Ortega Maldonado y Raymundo Mora Aguilar continúen dos años más en sus cargos de Presidente y Secretario General respectivamente.

        El oficio del expediente QQ/TAMS/03/2014…dice: “En esta tesitura de la lectura del medio de defensa que nos ocupa se desprende de manera ineludible que el quejoso se inconforma en contra del Consejo Estatal de Tamaulipas a quien atribuye haber elegido y / o  reelegido a los integrantes del Comité Ejecutivo Estatal de Tamaulipas, sin la expedición previo de la Convocatoria, que debió emitir para tal efecto”.
           Luego continúa… “Por lo que al tratarse de un acto emitido por un órgano del Partido se actualiza el supuesto normativo a que se refiere el artículo 81 del Reglamento de Disciplina Interna y se apercibe a los integrantes de la Mesa Directiva del VIII Consejo Estatal de Tamaulipas que en caso de incumplimiento al presente acuerdo se harán acreedores a una medida de apremio consistente en una AMONESTACION en términos de los establecido en el artículo 38 del Reglamento de Disciplina Interna”.
           También en el oficio señalado se dice… “No se omite mencionar que el escrito por el cual la Mesa Directiva del VIII Consejo Estatal de Tamaulipas, rinda su informe justificado, deberá cumplir con lo establecido en el artículo 22 inciso C) del reglamento de Consejos y de la Comisión Consultiva del Partido de la Revolución Democrática, esto deberá estar signado por el Presidente o por el Vicepresidente en su ausencia, de este junto de por lo menos dos integrantes más de la Mesa Directiva del VII Consejo Estatal del partido de la revolución Democrática de Tamaulipas”.
           Para finalizar pide que se notifique el presente acuerdo a la Mesa Directiva del VIII Consejo Estatal del PRD en su domicilio oficial, firma MARIA DE LA LUZ HERNANDEZ QUEZADA…presidenta.




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