domingo, 11 de noviembre de 2012

Sindicatos o monopolios familiares

Maestro: Luis Pazos
Cualquier grupo de personas: trabajadores, empresarios, estudiantes, religiosos o hasta delincuentes, que se agrupan para defender intereses comunes son, según el diccionario, un sindicato. Ese término es manipulado para ejercer monopolios, recibir extensiones fiscales, obtener puestos públicos y evadir obligaciones que cumplen cualquier grupo intermedio o ciudadano común.

El hecho de que forme con familiares o amigos un grupo que defienda intereses comunes, no me da derecho a un fuero especial sobre los demás ciudadanos. Los sindicatos en una democracia deben someterse a las mismas obligaciones de los demás ciudadanos. Y como cualquier funcionario que recibe dinero de los impuestos, tienen que rendir cuentas sobre su uso.

La Constitución prohíbe los monopolios, por lo tanto, ninguna asociación de personas que se presente como sindicato debe tener la exclusividad para proveer de trabajadores a una empresa o gobierno. Cualquier contrato que establezca esa cláusula es inconstitucional.

Si una asociación recibe dinero público, su organización y la elección de sus directivos debe ser pública y democrática, no manejarse como una familia en donde el padre o la madre se constituyen como líderes de sus pequeños hijos sin consultarlos.

Si yo quiero manejar un sindicato como si fuera de mi propiedad y los recursos de mi familia, lo puedo hacer, siempre y cuando me abstenga de recibir y manejar recursos provenientes de gobiernos o empresas públicas, pague impuestos, tenga las mismas obligaciones legales que cualquier ciudadano y no coaccione a ningún trabajador a pagar cuotas.

La nueva ley laboral, para que no se convierta en letra muerta, como pasó por varios años con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, no solo debe dejar claro la democracia y transparencia de toda asociación que reciba recursos fiscales de trabajadores de instituciones públicas, sino establecer penas por no cumplirlas.





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