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Oscar Diaz Salazar |
¿Es delito asistir
a misa?
Señala el artículo 25 de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público que:
"Corresponde al Poder Ejecutivo
Federal por conducto de la Secretaría de Gobernación la aplicación de esta ley.
Las autoridades estatales y municipales, así como las del Distrito Federal,
serán auxiliares de la Federación en los términos previstos en este ordenamiento."
... "Las autoridades antes
mencionadas no podrán asistir con carácter oficial a ningún acto religioso de
culto público, ni a actividad que tenga motivos o propósitos similares..."
Hasta aquí, la cita.
En un boletín de prensa tomado del
portal o página web del gobierno del
estado de Tamaulipas, específicamente en la sección "sala de prensa",
fechado en Noviembre 22 de 2016, se informa que el Gobernador del Estado,
Francisco García Cabeza de Vaca, acudió a varios eventos, incluidos una misa,
para darle la bienvenida al Obispo de la Diócesis de Matamoros, Monseñor
Eugenio Lira Rugarcía.
Es importante precisar que Cabeza de
Vaca acudió a esas ceremonias religiosas en su carácter de Gobernador de
Tamaulipas, y por tal motivo se incluye la información y fotografías en el
portal oficial del gobierno. De lo que hace en su tiempo libre - si acaso es
válido que con su investidura tenga tiempo personal - el señor Cabeza de Vaca,
no tendrían por qué informarnos a través de medios oficiales.
No afirmo que sea reprobable que
Cabeza de Vaca practique determinada religión, o que asista a ceremonias, misas
o cultos. Digo que la ley le pone límites a su interés religioso y acota lo que
puede hacer en cuanto a su trato con religiosos.
El boletín de prensa no deja espacio
para la duda ni margen para la defensa en caso de ser acusado formalmente por
violar la ley. El Gobernador Cabeza de Vaca asistió a una misa y así lo reseña
el párrafo de la nota que transcribo a continuación:
"El
Gobernador y su esposa asistieron también a la Misa Solemne de Inauguración del
Ministerio Episcopal, realizada en el salón Mundo Nuevo y que fue oficiada por
el Nuncio Apostólico, Monseñor Franco Coppola."
En la asistencia del Gobernador a
misa y en la difusión de este hecho, encontramos pruebas contundentes de la
incompetencia de varios de los colaboradores del Ejecutivo del estado, como se
explica a continuación:
Error del Secretario de Gobierno, César
Augusto Verástegui Ostos, quien debió advertir del impedimento para asistir a
misa a su jefe.
Falla del jefe de comunicación
social, que no debió hacer pública la participación del Gobernador en esas
actividades.
Mal por el asesor jurídico del
gobernador Abelardo Perales Meléndez por no advertir que se violaba la ley.
Pifia del jefe de la Oficina del
gobernador, Víctor "Mandados cortos" Sáenz, quien formalmente es jefe
del Director de giras, y pudo recomendar la no participación de Cabeza de Vaca
en misa.
También es jefe del coordinador de
comunicación social, por lo que debió instruir a sus subordinados para no
publicar la reseña de las actividades religiosas del mandatario tamaulipeco. Y además
es jefe de los secretarios particulares y privado que deben estar al tanto de
lo que hace y deja de hacer el Gobernador.
La ley es de orden público, lo que
significa que no está disponible para cumplirla o incumplirla por sus
destinatarios a quienes manda o prohíbe, o por las autoridades a quienes
confiere poder al respecto, en este caso "auxiliar". Otra cosa, es
que todos tenemos derecho a profesar o no una religión o pensamiento
espiritual, pero eso es algo muy personal
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