Abraham Mohamed |
Todo el apoyo legal a las
Fuerzas Armadas
La Ley de
Seguridad Interior esencial para el Sistema Nacional Anticorrupción
Por
fin, en el trimestre del Segundo Período de Sesiones del Segundo Año de la LXIII
Legislatura que se inicia el 1 de Febrero y termina en Abril, se aprobará la
llamada Ley de Seguridad Interior que dará certeza jurídica a las Fuerzas
Armadas para actuar, al dar seguridad a los ciudadanos, en aquellas ciudades o
regiones donde las autoridades locales no cumplan con esa función.
Los trabajos para el análisis de las
iniciativas propuestas para tal propósito que se iniciaron en el Senado de las
República fueron moderados por el presidente de la Mesa Directiva, Pablo
Escudero participando líderes de las fracciones parlamentarias tanto
senatoriales como de los diputados, el Consejo Jurídico del Ejecutivo y el
ameritado académico Jorge Islas.
Se advierte que esencialmente todos
fueron coincidentes en la necesidad de aprobar lo más pronto posible ésta Ley a
fin de dar firmeza la plataforma de lo que será el Sistema Nacional
Anticorrupción que también está por aprobarse.
Para empezar, el diputado César
Camacho Quiroz, coordinador de la fracción del PRI, advirtió que la falta de
normatividad en la materia “no sólo suele poner en aprietos a las Fuerzas
Armadas, sino que resta seguridad jurídica a los ciudadanos”.
Por ello, consideró indispensable una
Ley de Seguridad Interior moderna, de corte democrático, “para mantener siempre
libertad, justicia y paz”.
Reconoció que actualmente existe la cierta
solidez para fundamentar el quehacer de las Fuerzas Armadas en lo referente a
seguridad interior, pero es una obligación jurídica, política y ética darles
certeza jurídica y regularizar su actuación.
Por su parte, el Senador Roberto Gil
Zuarth, de la fracción del PAN precisó que las Fuerzas Armadas desde 2006 sustituyeron
parcial o totalmente la responsabilidad civil, estatal y municipal y por lo
mismo, se perdió el propósito de que los gobiernos locales reorganizaran sus
propios cuerpos policíacos para hacerlos confiables y eficaces. No invirtieron
en ello los gobernadores atenidos a que las Fuerzas Armadas hacían esas tareas,
lo cual, francamente, hay que corregir.
Expuso que en 2012 había 75 bases
militares mixtas de seguridad pública, con 1,680 efectivos militares
desplegados que aumentaron a 142 con 3,386 soldados en 2016, o sea que en cuatro
años se duplicó el despliegue militar.
Aclaró que las Fuerzas Armadas no se
pueden ir porque no hay quien las sustituya y que lo que debe hacerse es
sustituirlas por Fuerzas Policíacas Civiles, confiables, competentes y bien
pagadas porque de no hacerlo no se frenará la violencia en el país.
También dejó claro que su Iniciativa
no amplía los marcos de actuación de las Fuerzas Armadas ni cambia los
objetivos de su intervención pues solo regula una función constitucional ya que
no amplía los supuestos de intervención, ni sus facultades constitucionales, no
causa que las autoridades civiles queden subordinadas; tampoco limita el
ejercicio los derechos humanos y no faculta a los militares para intervenir en
forma permanente en una zona, ya que se fija un plazo máximo de seis meses para
ello.
El senador Miguel Barbosa Huerta, de
la fracción del PRD, destacó que “la sociedad mexicana está atrapada entre el
asedio de la delincuencia organizada, la ineficacia y corrupción de muchas de
sus corporaciones policíacas y la actuación sin un marco legal claro de las
Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública”.
Consideró que la regulación debe
establecer la normatividad para que las Fuerzas Armadas regresen a sus
cuarteles y contemplar, como condición previa para su aplicación, confirmar la
ineficacia de las fuerzas policíacas civiles para enfrentar y atender una
amenaza a la seguridad interior.
“La discusión y emisión de una Ley de
Seguridad Interior –asentó– debe partir de la situación política que atraviesa
el país y reconocer que el Ejército y la Marina se encuentran actualmente en
las calles realizando funciones de seguridad pública”.
El Diputado Federal Jorge Ramos
Hernández, presidente de la Comisión de Seguridad Pública, señaló que las
tareas de seguridad interior dependen de la recuperación de las capacidades
institucionales de los Municipios y Estados del país, con la reforma del Mando Mixto.
La propuesta plantea un esquema para retirar progresivamente a los Marinos y Militares,
en la medida que se vayan reestructurando sus propios cuerpos policíacos.
Dijo que no debe utilizarse el
criterio de seguridad interior para que las Fuerzas Armadas participen en
manifestaciones de orden social y electoral.
Además, coincidió con el senador Gil
y el diputado Camacho, para no precipitar una reforma para atender la necesidad
mediática y social, sino atender de raíz y sin prisas la realidad que reclaman
los mexicanos. Esta reforma, busca atender esas causales de origen.
La línea presidencial la expuso Humberto
Castillejos Cervantes, Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, precisando que
desde 1917 no ha existido una legislación secundaria sobre la facultad
constitucional del Presidente de la República para “disponer de la totalidad de
las Fuerzas Armadas para proteger la seguridad interior del país”.
Enfatizó que es fundamental que las
instituciones democráticas del Estado construyan el andamiaje constitucional
para el ejercicio de la seguridad interior, pues en una democracia las
autoridades actúan con base en la ley “y para poder actuar en forma regulada lo
mejor es tener las reglas claras, precisas y concisas”.
Además, destacó la importancia de definir
las diferencias que existen entre los cuatro supuestos de seguridad que
establece la Carta Magna: la seguridad personal como un derecho humano, la
seguridad nacional, la seguridad pública y la seguridad interior, lo que
permitirá regular la actuación de todas las instancias públicas implicadas en
estas materias.
Para el doctor y académico Jorge
Islas López, la Ley de Seguridad Interior es una oportunidad para impulsar un
marco legal que ofrezca mayor certeza jurídica a la actuación de las Fuerzas
Armadas en sus funciones para el resguardo de la seguridad interior del Estado.
El trabajo de estas, dijo, debe ser
regulado como acciones de auxilio no permanente, en las que la autoridad civil
determinará el curso de las acciones y, la fuerza armada al ser apoyo, quedará
subordinada ante esta autoridad para atender la circunstancia de colaboración,
y no debe suplir responsabilidades y obligaciones asignadas por la ley.
México, dijo, cuenta con buenos Ejércitos,
por su patriotismo, disciplina, lealtad, institucionalidad pero faltan las
leyes necesarias que hagan de su actuación en defensa del Estado, un elemento
de certeza y seguridad en el cumplimiento de sus funciones con pleno respeto a
los derechos fundamentales.
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